Participamos
en el gobierno del instituto
EL
CONSEJO ESCOLAR
El
Instituto es de todos: alumnos, profesores, personal de
administración y servicios, padres de alumnos,
administración local y administraciones provincial, regional o
autonómica y estatal. Todos estos estamentos
los englobamos en un sólo término al hablar de Comunidad
Educativa. Pues bien, en el gobierno del instituto ha de
participar esta comunidad educativa, con todos los estamentos que la
forman. La administración central, autonómica y/o estatal
participan, por un lado, mediante sus disposiciones legislativas,
ya que son las encargadas del ordenamiento general del sistema
educativo y de indicar las directrices
generales sobre la organización y funcionamiento de los centros
educativos. Por otra parte, el director
es el representante físico de la administración en el centro.
El
órgano mediante el cual participan todos los estamentos de la
comunidad en el gobierno del centro es
el Consejo Escolar,
que según la Ley 9/1995, también llamada Ley Pertierra, art.10, y
por el Real Decreto
83/1996 de 26 de enero que la desarrolla y que aprueba el Reglamento
Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, estará formado
por:
a)
El Director
del centro, que será su
presidente.
b)
El Jefe
de Estudios
c)
Un concejal
o representante del Ayuntamiento
en cuyo término municipal
se halle radicado el centro.
d)
Un número de de profesores,
elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del
total de
los componentes del Consejo Escolar del centro. Este número será:
Siete,
en los institutos de 12 ó más unidades.
Cinco,
en los institutos de menos de 12 unidades.
e)
Un número de padres
y de alumnos
elegidos respectivamente
por y entre ellos que no podrá ser inferior
a un tercio del total de los componentes del Consejo Escolar del
instituto.
Estos
serán:
Tres
representantes de los padres, (dos en los centros de menos de 12
unidades), uno de los cuales será
designado, en su caso, por la asociación de padres más
representativa legalmente constituida.
Cuatro
representantes de los alumnos. (Tres, en casos de centros de menos de
12 unidades)
f)
Un representante del personal
de administración y servicios.
g)
El Secretario
o, en su caso, el
Administrador del centro, que actuará como secretario del Consejo, con
voz, pero sin voto.
La
función del Consejo Escolar es
importantísima, pues representa el máximo órgano de gobierno del Centro;
por eso, conviene que conozcas sus competencias, reguladas por
la Ley y el Real Decreto anteriormente
citados. Estas son:
1.
Establecer las directrices para la elaboración del proyecto
educativo, aprobado y evaluado, sin perjuicio
de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en
relación con la planificación
y organización docente, Asimismo, establecer los procedimientos para
su revisión cuando
su evaluación lo aconseje.
2.
Elegir al director del instituto, (No participarán los
representantes de alumnos del primer ciclo de ESO).
3.
Proponer la revocación del nombramiento del director, cuando
así lo acuerden los dos tercios del mismo. (No participarán los
representantes de alumnos de primer ciclo de ESO). Decidir sobre la admisión
de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.
Aprobar el reglamento de
régimen interior.
4.
Resolver los conflictos e imponer las correcciones con
finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del
alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en e] centro, de acuerdo
con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.
5.
Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la
ejecución del mismo.
6.
Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento
del instituto, y vigilar su conservación.
7.
Aprobar y evaluar la programación general del instituto,
respetando, en todo caso, los aspectos docentes
que competen al claustro.
8.
Aprobar y evaluar la programación general de las actividades
escolares complementarias. Fijar las directrices para la
colaboración del instituto. con fines culturales. educativos y
asistenciales, con otros
centros. entidades y organismos.
9.
Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto.
especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como
la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que
se incluirá en la memoria anual.
10.
Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar
general del instituto.
11.
Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del
instituto realice la Administración educativa o cualquier informe
referente a la marcha del mismo.
12.
Informar la memoria anual sobre las actividades y situación
general del instituto.
13.
Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de
su entorno y con los centros de trabajo.
Como
habrás observado, la participación de los alumnos en el gobierno
del centro es muy importante.
Todos estamos obligados a participar en ese gobierno.
Tu
participación puede ser a dos niveles:
.
Siendo
candidato en las elecciones,
y, si eres elegido,
aportando tus ideas y sugerencias para la mejor marcha del instituto.
.
Votando,
es
decir, participando en la elección de los compañeros que consideres
más adecuados para llevar vuestras opiniones al Consejo.
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