23 octubre 2010

ELECCIONES AL CONSEJO ESCOLAR




Participamos en el gobierno del instituto

EL CONSEJO ESCOLAR

El Instituto es de todos: alumnos, profesores, personal de administración y servicios, padres de alumnos, administración local y administraciones provincial, regional o autonómica y estatal. Todos estos estamentos los englobamos en un sólo término al hablar de Comunidad Educativa. Pues bien, en el gobierno del instituto ha de participar esta comunidad educativa, con todos los estamentos que la forman. La administración central, autonómica y/o estatal participan, por un lado, mediante sus disposiciones legislativas, ya que son las encargadas del ordenamiento general del sistema educativo y de indicar las directrices generales sobre la organización y funcionamiento de los centros educativos. Por otra parte, el director es el representante físico de la administración en el centro.

El órgano mediante el cual participan todos los estamentos de la comunidad en el gobierno del centro es el Consejo Escolar, que según la Ley 9/1995, también llamada Ley Pertierra, art.10, y por el Real Decreto 83/1996 de 26 de enero que la desarrolla y que aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, estará formado por:

a) El Director del centro, que será su presidente.

b) El Jefe de Estudios

c) Un concejal o representante del Ayuntamiento en cuyo término municipal se halle radicado el centro.

d) Un número de de profesores, elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo Escolar del centro. Este número será:

Siete, en los institutos de 12 ó más unidades.
Cinco, en los institutos de menos de 12 unidades.

e) Un número de padres y de alumnos elegidos respectivamente por y entre ellos que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo Escolar del instituto.
Estos serán:

Tres representantes de los padres, (dos en los centros de menos de 12 unidades), uno de los cuales será designado, en su caso, por la asociación de padres más representativa legalmente constituida.

Cuatro representantes de los alumnos. (Tres, en casos de centros de menos de 12 unidades)

f) Un representante del personal de administración y servicios.

g) El Secretario o, en su caso, el Administrador del centro, que actuará como secretario del Consejo, con voz, pero sin voto.

La función del Consejo Escolar es importantísima, pues representa el máximo órgano de gobierno del Centro; por eso, conviene que conozcas sus competencias, reguladas por la Ley y el Real Decreto anteriormente citados. Estas son:

1. Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobado y evaluado, sin perjuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente, Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.

2. Elegir al director del instituto, (No participarán los representantes de alumnos del primer ciclo de ESO).

3. Proponer la revocación del nombramiento del director, cuando así lo acuerden los dos tercios del mismo. (No participarán los representantes de alumnos de primer ciclo de ESO). Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente. Aprobar el reglamento de régimen interior.

4. Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en e] centro, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.

5. Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la ejecución del mismo.

6. Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del instituto, y vigilar su conservación.

7. Aprobar y evaluar la programación general del instituto, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.

8. Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias. Fijar las directrices para la colaboración del instituto. con fines culturales. educativos y asistenciales, con otros centros. entidades y organismos.

9. Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto. especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la memoria anual.

10. Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del instituto.

11. Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del instituto realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

12. Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.

13. Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo.

Como habrás observado, la participación de los alumnos en el gobierno del centro es muy importante. Todos estamos obligados a participar en ese gobierno.

Tu participación puede ser a dos niveles:

. Siendo candidato en las elecciones, y, si eres elegido, aportando tus ideas y sugerencias para la mejor marcha del instituto.

. Votando, es decir, participando en la elección de los compañeros que consideres más adecuados para llevar vuestras opiniones al Consejo.


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